PROCESO RENOVACIÓN DE ESTATUS
El ROFI prevé en el artículo 25 que cada dos años y con carácter previo a la realización de una Asamblea General Ordinaria se habilitará un proceso de revisión de su membresía para actualizar su estatus y número de personas delegadas.
¿QUÉ ES LA ACTUALIZACIÓN DE ESTATUS?
Se comprueba que se cumplan los requisitos para ser miembro del Consejo:
ENTIDADES DE PLENO DERECHO
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Tipos de entidad |
Personas asociadas |
Implantación |
Pertenencia a consejo de la juventud autonómicos |
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Las asociaciones juveniles, federaciones o equivalentes de ámbito estatal |
1.000 |
3 CCAA |
3 |
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Las Secciones juveniles, Áreas, Departamentos y Secretarías de las demás asociaciones |
1.000 |
3 CCAA |
3 |
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Las entidades sociales que prestan servicios a la juventud |
3.500 |
3 CCAA y 10 municipios |
3 |
ENTIDADES OBSERVADORAS
- Presencia en dos comunidades autónomas
- Personas asociadas: 200
¿CÓMO SE CALCULAN LOS VOTOS?
¿CÚAL ES EL PROCESO?
La renovación comenzará el 18 de abril cuando se remita el borrador de la acreditación de la presencia territorial con los certificados enviados por los Consejos Autonómicos. La Secretaría del Consejo requerirá la información, que a continuación se detalla a las entidades, que tendrán hasta el 18 de mayo como fecha límite para el envío de la documentación:
Entidades de pleno derecho:
-
- Formulario de acreditación
- Estatutos registrados.
- Relación nominal de integrantes del órgano de gobierno.
- Certificado de asociados/as.(Modelo propio de cada entidad) En caso de federaciones o confederaciones, los certificados deberán reflejar los datos desagregados por entidad, usando el documento “Anexo federaciones”
- Documentación acreditativa de presencia territorial en aquellas CCAA dónde no hay consejo autonómico.
- Certificado de información económica. (Con los datos del 2023)
Entidades observadoras:
-
- Formulario de acreditación
- Estatutos registrados.
- Relación nominal de integrantes del órgano de gobierno.
- Certificado de asociados/as.(Modelo propio de cada entidad) En caso de federaciones o confederaciones, los certificados deberán reflejar los datos desagregados por entidad, usando el documento “Anexo federaciones”
- Documentación acreditativa de presencia territorial en aquellas CCAA dónde no hay consejo autonómico.
Entidades de convenio de participación.
La Comisión Permanente contactará con la entidad para comprobar si siguen existiendo las circunstancias que conllevaron la firma del convenio; promoviéndose que la entidad se convierta en observadora o de pleno derecho. Si no es posible, se propondrá a la Asamblea Ejecutiva Ordinaria la ratificación de un nuevo convenio de participación por dos años.
La Comisión Permanente, una vez recabada toda la información y documentación, elaborará una propuesta de estatus de entidades y de votos de cada entidad y consejo.
La propuesta, que se remitirá junto a la convocatoria de la AEO-P, podrá ser impugnada por las entidades. Las impugnaciones se resolverán por la AEO-P.
Se podrán presentar las impugnaciones hasta las 23.59 horas del viernes 5 de julio a través de envío al correo de gobernanza@cje.org
LA SOLICITUD SE TRAMIRÁ ELECTRONICAMENTE A TRAVÉS DEL SIGUIENTE FORMULARIO:
Nota: Será necesario tener Autofirma descargada y un certificado electrónico reconocido por la FNMT
- ACTUALIZACIÓN DE ESTATUS
ACTUALIZACIÓN DE ESTATUS
Protected: Votos Consejos Autonómicos
Protected: Resolución CP - CENSO PROVISIONAL
Protected: Membresía en Consejos Autonómicos
Protected: Censo provisional