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Proceso Electoral 2026 · CJE

Renovación de Estatus

Proceso de revisión de la membresía previsto en el artículo 25 del ROFI, con carácter previo a la Asamblea General Ordinaria.

El ROFI prevé en el artículo 25 que cada dos años, y con carácter previo a la realización de una Asamblea General Ordinaria, se habilitará un proceso de revisión de la membresía para actualizar el estatus y el número de personas delegadas de cada entidad.

¿Qué es la actualización de estatus?

Se comprueba que se cumplan los requisitos para ser miembro del Consejo.

Entidades de pleno derecho

Tipo de entidad Personas asociadas Implantación Pertenencia a consejo autonómico
Asociaciones juveniles, federaciones o equivalentes de ámbito estatal 1.000 3 CCAA 3
Secciones juveniles, Áreas, Departamentos y Secretarías de las demás asociaciones 1.000 3 CCAA 3
Entidades sociales que prestan servicios a la juventud 3.500 3 CCAA y 10 municipios 3

Entidades observadoras

Presencia territorialDos comunidades autónomas
Personas asociadasMínimo 200

¿Cómo se calculan los votos?

En este documento se explican los criterios para calcular los votos de entidades y consejos autonómicos.

¿Cuál es el proceso?

1

12 de abril — Inicio del proceso de revisión de estatus del censo.

2

La Secretaría requiere a las entidades la documentación necesaria. Las entidades tienen hasta el 12 de mayo como fecha límite para el envío.

3

La Comisión Permanente, una vez recabada toda la documentación, elabora una propuesta de estatus y de votos de cada entidad y consejo.

4

La propuesta se remite junto a la convocatoria de la AEO-P. Puede ser impugnada por las entidades; las impugnaciones se resolverán en la AEO-P.

Plazo de impugnaciones: Hasta las 23:59 horas del 17 de junio a través del correo fortalecimiento@cje.org

Documentación a presentar

Entidades y Consejos

  • Formulario de acreditación
  • Estatutos registrados
  • Relación nominal de integrantes del órgano de gobierno
  • Certificado de personas asociadas (modelo propio de cada entidad). En caso de federaciones o confederaciones, los certificados deberán reflejar los datos desagregados por entidad, usando el documento “Anexo federaciones”
  • Documentación acreditativa de presencia territorial en las CCAA donde no hay consejo autonómico
  • Último informe de actividad presentado en asamblea

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